agosto 7, 2026

Revés para Jácome: anulan la concesión del servicio de autobús urbano en Ourense

Un nuevo revés para la gestión de Gonzalo Pérez Jácome. El Tribunal Administrativo de Contratación Pública ha anulado la adjudicación realizada por el Concello de Ourense de la concesión del autobús urbano para el período 2026-2031, valorada en 48,9 millones de euros, a la UTE compuesta por Sagalés y Gavilanes. El escrito analiza diversas cuestiones, como el incumplimiento en las instalaciones, las deficiencias en el estudio económico y la falta de solvencia técnica.

Deficiencias en las instalaciones

En relación con el primer aspecto, los recursos presentados contra la decisión del ente local denunciaban un incumplimiento de los requisitos mínimos exigidos en los pliegos respecto a las instalaciones. A este respecto, se presentó un informe pericial que criticaba la falta de espacio para guardar la flota, la ausencia de talleres para el mantenimiento de los vehículos y la falta de licencia de construcción de una de las naves.

El tribunal ha señalado que el órgano de contratación, en este caso el Concello de Ourense, no respondió a estas deficiencias planteadas por el recurrente. “Tampoco encontramos en el informe de evaluación de las ofertas técnicas ninguna explicación o análisis sobre la viabilidad de las instalaciones ofertadas, informe que calificó esas instalaciones como ‘excelentes’, destacando su ‘calidad y adecuación’, y su equipamiento”, indica el fallo.

Análisis de los estudios económicos

Los recursos también cuestionan los estudios económicos presentados. En este sentido, se señala que en el estudio de dos UTEs, incluida la que finalmente obtuvo la adjudicación, las cifras propuestas para el coste del personal están por debajo de lo que parece necesario según el pliego de condiciones. La viceinterventora municipal ya había manifestado en un informe que existían defectos en los estudios económicos de varios licitadores.

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El tribunal comparte esta valoración y apunta que la falta de análisis se evidencia en que el informe del Concello de Ourense excluye su valoración sobre que en dos informes el coste de personal estimado por dos licitadores no cubre el gasto correspondiente a la subrogación del personal. Este gasto es fundamental, ya que está directamente relacionado con los derechos salariales de los trabajadores.

Solvencia técnica y ocultación de información

Dos de los recurrentes argumentaron que la UTE adjudicataria debió ser excluida del proceso por no cumplir con la solvencia técnica exigida en los pliegos de la licitación. Se destacó que el certificado presentado fue emitido por un consorcio público que no es titular ni contrata servicios regulares de transporte terrestre urbano. El Concello defendió que el certificado cumplía con los requisitos, aunque admitió no saber si la entidad tenía capacidad para certificar la existencia de dicho contrato.

El tribunal no considera suficientes estas explicaciones y subraya que se trata de una exigencia de solvencia técnica muy específica. “Nos encontramos ante un aspecto especialmente relevante para el procedimiento de licitación, no solo porque lógicamente, si el adjudicatario no disponía de la solvencia técnica exigida, no podría haber participado válidamente en la licitación, sino porque estamos ante un posible vicio que la LCSP asocia a la consecuencia más grave de nulidad radical, como es la nulidad de pleno derecho”, concluye el tribunal.

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