julio 28, 2026

Profesor condenado a cinco años de prisión por agredir sexualmente a una alumna en Lugo

Condena a un profesor por agresión sexual a menor

La Audiencia Provincial de Lugo ha condenado a un profesor a cinco años de cárcel por haber realizado tocamientos de carácter sexual a una menor. El tribunal ha considerado al acusado autor de un delito continuado de agresión sexual a una menor de 16 años. Además, se le impone la inhabilitación para ejercer cualquier profesión, oficio o actividad que implique contacto regular y directo con personas menores de edad por un periodo de 10 años. También se le ha impuesto una inhabilitación absoluta de 6 años, así como la prohibición de acercarse a la víctima y comunicarse con ella por cualquier medio durante 10 años. Asimismo, deberá abonar una indemnización de 3.000 euros a la afectada.

El tribunal ha determinado que el acusado, “aprovechando las circunstancias favorables que le proporcionaba el desempeño de su profesión de docente y para satisfacer su deseo sexual”, realizó a su alumna “diversos tocamientos”. Estas conductas, según se detalla en la sentencia, causaron en la víctima “gran incomodidad, rechazo a acudir a clase y la queja a su tutora”.

Valoración del testimonio de la menor

En el fallo, se señala que el relato de la menor “cumple todos los criterios que la jurisprudencia exige para considerar el mismo fiable”, destacando que “goza de coherencia externa, viéndose reforzado por otras pruebas y hechos periféricos”, así como por la prueba pericial, “que también refuerza la narración de la menor”. Los jueces han enfatizado: “No albergamos duda, tras valorar el testimonio de la menor, en conjunción con el resto de la prueba practicada, de que el acusado llevó a cabo las acciones descritas”.

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La sala ha aclarado en su fallo que no se ha acreditado debidamente que otras cuatro menores sufrieran en el curso escolar 2023/24 “tocamientos por parte del acusado ni que este desplegase sobre las mismas acciones con significación sexual”. Los magistrados han indicado que esto no implica que las menores “falten a la verdad”, sino que la prueba resulta insuficiente para dictar un pronunciamiento de condena, lo que lleva a aplicar el principio in dubio pro reo.

Posibilidad de apelación

La sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Lugo no es firme, ya que es susceptible de recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

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