La Audiencia de Ourense ha determinado que no procede el sobreseimiento de la querella presentada por una subinspectora de la Comisaría de la Policía Nacional contra cuatro exalumnos (tres chicas y un chico), el padre de una de ellas y la directora del centro educativo por supuesta denuncia falsa, calumnias y falso testimonio. La policía había sido previamente afectada por una querella en su contra por revelación de secretos, abuso de cargo e injurias, la cual fue archivada en febrero de 2023, en el contexto de una charla educativa sobre acoso escolar en el colegio Carmelitas de la ciudad.
Contexto del Caso
El núcleo de este procedimiento se centra en la conferencia impartida el 29 de septiembre de 2021 en el centro educativo, dirigida a los alumnos de primero de Bachillerato, a solicitud del propio colegio tras detectar bullying a un alumno que había sido denunciado anteriormente por un delito sexual. Algunos estudiantes interpretaron erróneamente las palabras de la ponente y difundieron afirmaciones falsas sobre lo que se había discutido.
La evidencia que permitió demostrar que ciertos estudiantes estaban mintiendo fue un audio, presentado ante el juzgado. La subinspectora T.R.S. logró probar, gracias a una grabación realizada con un móvil durante la charla, que no se revelaron datos personales relacionados con el caso específico de acoso escolar ni su origen, que era la denuncia de otra alumna contra el niño acosado por un presunto abuso sexual. Estos dos asuntos fueron judicializados y se trataron en el Juzgado de Menores, donde todos los involucrados fueron absueltos.
Consecuencias y Sanciones
Aparte de la denuncia que T.R.S. tuvo que enfrentar, también recibió una sanción disciplinaria por falta leve a raíz de la queja presentada por la directora de Carmelitas y los padres de la alumna que había denunciado el delito sexual. Esta situación tuvo un impacto negativo en el prestigio profesional de la subinspectora, quien había sido responsable de la delegación policial de Participación Ciudadana durante más de una década y contaba con una amplia experiencia en temas de acoso escolar.
Los jueces del alto tribunal ourensano han decidido no aceptar el sobreseimiento de la investigación contra los miembros de la comunidad educativa denunciados, tal como había decretado el titular de Instrucción 1, Leonardo Álvarez, “teniendo en cuenta las graves imputaciones que se vertían en la querella, especialmente contra una agente de la Policía Nacional”.
La Importancia del Audio
La sala ha subrayado en su auto que el juez, tras recibir la denuncia de la policía, no llevó a cabo diligencias de instrucción “propiamente dichas”, salvo la determinación de la edad de los alumnos (mayores de edad al declarar en el juzgado en el procedimiento contra la policía). Se considera necesario continuar investigando para determinar si existen fundamentos para llevar a juicio a los seis querellados (T.R.S. incluía a siete, pero la Audiencia excluye a una madre).
Los magistrados han destacado la relevancia del audio, afirmando que “esta grabación se erige en principio de prueba para investigar los hechos objeto de la querella (…) así como sus presuntos partícipes”. Además, añaden que “de tal grabación se deduce que la parte querellante no mencionó en absoluto ni el concreto delito que se estaba investigando en la Fiscalía de Menores ni los nombres de los implicados, siendo, por otra parte, los alumnos asistentes conocedores de ese procedimiento al tratarse de sus compañeros”.
El daño moral sufrido por la subinspectora tras este incidente, en el que llegó a declarar como imputada, provocó su jubilación anticipada a los 53 años, según información obtenida por este diario a través de fuentes policiales.

