El magistrado Leonardo Álvarez, responsable de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Ourense, ha imputado al alcalde de Ourense, Gonzalo Pérez Jácome, un delito de prevaricación por su omisión de solicitar la compatibilidad de su cargo con sus actividades privadas.
El auto de pase a procedimiento abreviado, fechado el 14 de abril de 2026, no solo concluye la instrucción de las Diligencias Previas 674/2025, sino que también desmantela la estrategia de defensa de Gonzalo Pérez Jácome al imputarle formalmente un “delito continuado de prevaricación administrativa”. El juez ha determinado que el alcalde ha priorizado su interés personal sobre la normativa, eludiendo la ley para beneficiarse de las arcas públicas mientras mantenía sus negocios privados.
Arbitrariedad y Lucratividad
El eje central de la imputación radica en la negativa sistemática del alcalde a cumplir con la Ley de Incompatibilidades. El magistrado argumenta que Jácome, quien percibe un salario por dedicación exclusiva que en 2024 alcanzó los 77.457,30 euros como alcalde, además de sus dietas en la Diputación, estaba obligado por el artículo 13.3 del ROF a solicitar la compatibilidad para gestionar su canal privado, Auria TV.
El juez califica la normativa de “clara y meridiana” y critica al alcalde por realizar una “interpretación individualizada y totalmente favorable a sus intereses”, afirmando que no tenía obligación de presentar tal solicitud. Para el instructor, esta omisión no es un simple error de interpretación, sino una decisión “totalmente arbitraria y carente del más mínimo respaldo legal o jurisprudencial”.
Impacto Económico y Conciencia de la Irregularidad
La contundencia del magistrado se hace evidente al evaluar el impacto económico de esta presunta prevaricación. El juez detalla que Jácome ha recibido salarios municipales en aumento: 69.925 euros en 2020; 70.555 en 2021; 73.024 en 2022; 75.215 en 2023 y 77.457 en 2024. Se estima que durante aproximadamente siete años, el alcalde ha estado percibiendo fondos públicos a los que “no tendría derecho” si el Pleno hubiera denegado la compatibilidad, una votación que él mismo bloqueó.
El juez subraya que el regidor era plenamente “consciente de la injusticia” que podía generar esta situación y del “grave daño a las arcas municipales”. En este contexto, se menciona un episodio clave que evidenciaría la “mala fe” del investigado: en una ocasión, Jácome presentó un escrito solicitando la compatibilidad, pero lo retiró “de forma extraña” justo antes de la celebración del Pleno, lo que sugiere que el alcalde sabía que no se le iba a reconocer y optó por mantener la irregularidad en lugar de someterse al control democrático.
Horizonte Penal y Consecuencias
La situación procesal de Gonzalo Pérez Jácome es de extrema gravedad, dado que se trata de un delito continuado de prevaricación. El magistrado ha otorgado un plazo de diez días a la Fiscalía y a la acusación particular para formular acusaciones. La pena que podría enfrentar es de inhabilitación especial para cargo público de 9 a 15 años, lo que podría significar el fin de su carrera política si se impone la sanción máxima.
En este contexto, el juez ha recordado que Jácome “se desentendió por completo” de las advertencias recibidas, incluyendo el acuerdo plenario que instaba a renunciar a su sueldo por ser “claramente incompatible” y el decreto de la Fiscalía que le alertaba de su “situación irregular”. Ante tales evidencias, el magistrado concluye que la conducta de Jácome se alinea con el artículo 404 del Código Penal, que se refiere a decisiones u omisiones deliberadamente arbitrarias.

