La modificación de la Lei de Saúde de Galicia, impulsada por la Xunta, tiene como objetivo principal fortalecer la protección del personal sanitario ante situaciones de agresión. Esta nueva normativa permitirá a la Administración imponer sanciones económicas que varían entre 300 euros para infracciones leves y 15.000 euros para infracciones muy graves. La medida se aplicará tanto al personal del Servizo Galego de Saúde (Sergas) como al de centros sanitarios privados.
El conselleiro de Sanidade, Antonio Gómez Caamaño, expuso los pormenores de esta modificación tras una reunión con representantes del sector sanitario y de las fuerzas de seguridad. En el mismo día, el texto fue publicado en el Portal de Transparencia. Esta reforma surge como respuesta a un grave incidente ocurrido en febrero en el Complexo Hospitalario Universitario da Coruña (Chuac), donde un enfermero fue agredido, lo que provocó protestas generalizadas en el ámbito sanitario.
Régimen Sancionador y Tipos de Infracciones
La reforma establece un régimen sancionador que clasifica las infracciones en tres niveles distintos. Las infracciones leves abarcan faltas de respeto, insultos, alteraciones en el funcionamiento normal del centro, así como daños leves a las instalaciones. Por otro lado, las infracciones graves incluyen resistencia, amenazas, coacciones, daños que afectan al funcionamiento del servicio, o la reiteración de faltas leves en un periodo de doce meses. Finalmente, las infracciones muy graves comprenden agresiones físicas y la reincidencia de infracciones graves en un periodo de cinco años.
Además de las sanciones económicas, se podrá exigir a los agresores que reparen los daños, restablezcan el estado anterior y cubran los costes de asistencia sanitaria que haya recibido la víctima. La normativa también prevé medidas como el cambio de médico o centro de salud del infractor, así como la movilidad del personal afectado si fuera necesario.
Definición de Violencia en el Ámbito Sanitario
Por primera vez, la ley definirá de manera formal la “violencia en el ámbito sanitario” como cualquier agresión física o verbal cometida por pacientes, familiares o acompañantes hacia profesionales del sector durante el ejercicio de sus funciones. Esta definición se extiende también al personal no asistencial, como administrativos, celadores o transportistas sanitarios, y será aplicable tanto en centros de salud como en domicilios y ambulancias.
La reforma incorpora medidas que ya estaban presentes en protocolos anteriores, como la asistencia psicológica y jurídica automática para el personal afectado. Asimismo, se exigirá a hospitales y clínicas privadas que contraten seguros que incluyan defensa jurídica en casos de violencia.
Finalmente, la modificación de la ley contempla la creación de un plan autonómico de prevención, un registro único de actos de violencia y campañas de formación para el personal, además de acciones de sensibilización ciudadana que busquen fomentar un entorno más seguro para los profesionales de la salud.