julio 27, 2026

La jueza archiva el caso del estudiante del Sexto Instituto de Ourense que falleció aplastado por un muro

La magistrada Eva Armesto, quien ha estado al frente del Juzgado de Instrucción 3 de Ourense durante la última década, decidió, antes de asumir su nuevo destino, el sobreseimiento de la causa penal relacionada con la muerte de Manuel Ferreiro. Este alumno de 15 años, que cursaba estudios en el IES Julio Prieto Nespereira (Sexto Instituto), ubicado en el barrio de O Vinteún, falleció en los vestuarios masculinos del gimnasio a primera hora de la tarde del 26 de octubre de 2022 cuando se desplomó el muro que separaba las duchas de la zona de taquillas, un trágico incidente en el que otro compañero resultó herido.

Investigación y Responsabilidades

Los padres de Manuel Ferreiro denunciaron los hechos con el objetivo de depurar responsabilidades en la vía penal por un presunto delito de homicidio imprudente. Durante estos más de tres años, han comparecido ante el juzgado dos compañías aseguradoras y un total de 13 investigados: Yolanda G.R., Román G.C., Servando G.C., Enrique Vicente T.V., José Manuel A.F., Beatriz F.G., Belén F.Q., Paloma G.N.P., Alberto I.B., María Jesús P.M., y María Inmaculada P.R., además de David O.A. y Agustín R.B., quienes ocupaban los cargos de director de obra y director de ejecución, respectivamente, y que ya han fallecido.

En su auto de archivo, la jueza reconoce que el diseño original de los vestuarios fue modificado y que el muro de separación no solo estaba mal proyectado, sino también mal ejecutado. Dicha modificación y ejecución eran responsabilidad de un arquitecto y un aparejador; sin embargo, al haber fallecido ambos, sus responsabilidades penales han quedado extinguidas. Según la magistrada, no se puede responsabilizar al resto de imputados por los cambios de diseño ni por la defectuosa construcción, ya que “no hay nexo causal entre su intervención y la muerte de Manuel”.

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Deficiencias en la Construcción

La instrucción ha dejado claro que el tabique divisorio, construido de ladrillo y azulejo, tenía un peso aproximado de 1.400 kilos y fue edificado de manera deficiente. Según el letrado Jorge Temes, “no estaba bien fijado al suelo y al techo”, lo que contribuyó a su inestabilidad. Al no llegar a la techumbre, los puntos de anclaje se limitaban únicamente al suelo.

La instructora ha atendido la solicitud de la Fiscalía, que se mostró a favor del sobreseimiento, a pesar de que fuentes cercanas al caso indican que el Ministerio Público tuvo una participación activa limitada en la instrucción. Por su parte, la acusación particular evaluará en los próximos días, según ha declarado el abogado Jorge Temes, si recurre el auto de archivo ante la Audiencia Provincial o si inicia directamente acciones civiles.

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