julio 27, 2026

El Supremo ordena la devolución de peajes cobrados indebidamente en las obras de Rande

El Tribunal Supremo ha desestimado el incidente extraordinario de nulidad de actuaciones presentado por Audasa, la empresa concesionaria de la autopista AP-9. Con esta decisión, se reafirma la sentencia firme que obliga a la compañía a devolver los peajes cobrados indebidamente a los automovilistas que sufrieron las retenciones ocasionadas durante las obras de ampliación del puente de Rande.

Rechazo del recurso por parte del Supremo

La Sala de lo Civil ha frenado con una providencia el intento de la empresa de anular el fallo emitido en octubre pasado, en el que se reconocía el derecho de los usuarios a recuperar el importe total de los peajes pagados durante 81 incidencias graves de tráfico ocurridas entre 2015 y 2018. Durante este periodo, las obras generaron atascos en una infraestructura que soporta más de 70.000 vehículos diarios.

En su resolución, el Supremo ha descartado que se haya vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva, tal como alegaba Audasa. Los magistrados han subrayado que «la invocación formal de un derecho constitucional no permite promover este incidente excepcional para intentar reabrir una controversia ya resuelta». Asimismo, han afirmado que el procedimiento se llevó a cabo con todas las garantías necesarias, sin incurrir en indefensión ni incongruencia.

Prácticas abusivas y derechos de los usuarios

El fallo del tribunal refuerza la doctrina que establece que cobrar íntegramente el peaje a pesar de una grave disminución de la calidad del servicio es una práctica abusiva. Además, el tribunal recuerda que Audasa tenía la obligación de informar adecuadamente a los usuarios sobre los atascos y restricciones de tráfico, dado que era la empresa que mejor conocía la situación de la autopista durante las obras y estaba en la mejor posición para implementar medidas que minimizaran el impacto.

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La asociación de consumidores En-Colectivo, que lidera la defensa de los afectados junto a Adicae y con el apoyo de una demanda colectiva impulsada por la Fiscalía de Pontevedra, ha valorado la decisión de manera “muy positiva y esperanzadora”. Su presidente, Diego Maraña, ha afirmado que el rechazo del recurso «envía un mensaje claro: las sentencias están para cumplirse y los derechos de los ciudadanos deben ser respetados».

Procedimiento de reclamación y situación de los transportistas

Aunque Audasa podría intentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, En-Colectivo considera que esta vía tiene escasas posibilidades de éxito debido a la contundencia de la providencia del Supremo. Por ello, la plataforma ha instado a la concesionaria a proceder a la devolución inmediata del dinero.

Los conductores de vehículos particulares que puedan demostrar documentalmente haber circulado por el tramo del puente de Rande en las fechas y franjas horarias correspondientes a las 81 incidencias reconocidas en la sentencia podrán reclamar la devolución, utilizando tiques de peaje, extractos bancarios o facturas de telepeaje. Audasa ha habilitado un espacio informativo en su página web con el listado de fechas y horas afectadas.

Por otro lado, los transportistas mantienen un procedimiento judicial independiente relacionado con este mismo asunto. En una sentencia anterior, un grupo de 21 profesionales logró recuperar aproximadamente el 50 % de los peajes abonados, mientras que aún se esperan nuevos fallos sobre el tema.

Con esta decisión, el Supremo consolida un proceso judicial que se ha prolongado durante casi ocho años y refuerza el derecho de miles de usuarios a recuperar lo que nunca debieron pagar, junto con los intereses generados durante los años de afectaciones al tráfico.

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