El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo ha suspendido cautelarmente el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de Ourense que obligaba a los comerciantes del Mercado de Abastos nº 1 a abandonar en el plazo de un mes el espacio que ocupan provisionalmente en el parque de la Alameda.
Impacto de la Decisión Judicial
La decisión judicial representa un serio correctivo a la hoja de ruta del ejecutivo municipal que preside Gonzalo Pérez Jácome y mantiene, por ahora, la actividad de los placeros mientras se resuelve el fondo del litigio. El auto del juzgado destaca que la ejecución inmediata del desahucio habría provocado un perjuicio de difícil o imposible reparación, al implicar la paralización del principal medio de vida de los comerciantes, dado que el edificio del mercado aún no está en condiciones de ser reocupado.
“Estaba en juego el futuro de muchas familias”, sostienen desde la parte recurrente. La magistrada subraya que la ocupación de la Alameda no fue arbitraria, sino fruto de un convenio firmado por ambas partes. Es decir, fue el propio Concello el que, de mutuo acuerdo con la mercantil, aceptó el traslado provisional mientras se ejecutaban las obras, asumiendo que podían producirse retrasos.
Cuestionamientos sobre el Proceso de Desalojo
El auto también pone el foco en que no consta la tramitación de un procedimiento formal con audiencia previa antes de adoptar la orden de desalojo, más allá de un informe jurídico y el acuerdo posterior de la Junta de Gobierno. La defensa de los placeros, ejercida por el abogado Juan Carlos González Iglesias, solicitó la suspensión cautelar al amparo de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, argumentando la existencia de un claro riesgo en la demora y la necesidad de preservar la finalidad legítima del recurso.
El juzgado comparte que desalojar ahora supondría un daño económico que, aun siendo cuantificable, sería de muy difícil reparación por el tiempo que podría transcurrir hasta una eventual sentencia estimatoria. Sin embargo, la suspensión no es incondicional. El Concello reclamaba una caución cercana a los tres millones de euros, calculada sobre una valoración anual próxima al millón por la ocupación del espacio público durante tres años. El juzgado considera desproporcionada esa cifra y fija como garantía el pago del canon actualizado incrementado en un 50%, con consignaciones anuales mientras dure el procedimiento.
Reacciones y Propuestas de Solución
La resolución insiste en que no se trata de una ocupación sin título, sino de una situación consentida por la propia Administración en virtud de un acuerdo bilateral. Además, apunta que no consta la apertura de un expediente específico para fijar indemnización por supuesto incumplimiento contractual, lo que refuerza la necesidad de mantener la medida cautelar hasta que se analice el fondo del asunto. Contra el auto cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, pero se mantiene a los placeros en la Alameda y frena el intento municipal de forzar su salida inmediata.
Tras conocerse el reciente auto judicial, el Conselleiro de Emprego, Comercio e Emigración, José González, ha mostrado su satisfacción, calificando la decisión como un acto de sensatez frente a la gestión municipal. El análisis del Conselleiro se centra en dos puntos fundamentales validados por la justicia: la falta de condiciones habitables del edificio principal y las consecuencias negativas que tendría el desalojo de la ubicación provisional en la Alameda, que provocaría aos praceiros un prexuízo de difícil ou imposible reparo al no permitirles llevar adelante su medio de vida.
La crítica hacia la administración local se intensifica al hablar de la financiación. El Conselleiro recuerda que existe un plan de actuación que no supondría gasto alguno para el municipio, con un ofrecemento público de dous millóns de euros entre Xunta, Deputación e praceiros que permitiría retomar las obras de forma inmediata.

